El Gobierno Federal ha asignado recientemente fondos adicionales para reabrir el Programa de Protección de Cheques de Pago (PPP) de la Administración de Pequeñas Empresas de los Estados Unidos (SBA). Adelántese ahora completando una solicitud aquí.
Le pondremos en contacto con nuestro prestamista aprobado por la SBA 7(a).
La SBA requiere cierta documentación que pruebe su elegibilidad.
Una vez aprobados, los fondos se depositarán en su banco.
Descargue las guías que aparecen a continuación para obtener más información sobre los préstamos PPP y nuestro Programa de Referencia PPP.
Documentos necesarios para las empresas
Documentos necesarios para las asociaciones
Documentos necesarios para autónomos, sin empleados
Documentos necesarios para los autónomos con empleados
Documentos necesarios para las entidades sin ánimo de lucro
Cómo calcular el importe del primer sorteo
Cómo calcular el importe del segundo sorteo
Tenga en cuenta que los requisitos del programa están sujetos a cambios antes de su puesta en marcha según lo establecido por la normativa de la SBA. Los aspectos más destacados del nuevo programa y las preguntas frecuentes que figuran a continuación no pretenden ser exhaustivos y sólo proporcionan a los solicitantes información básica. Para obtener información sobre el PPP, la Ley CARES y otras opciones de ayuda, llámenos al (855) 900-7838 o envíenos un correo electrónico a ppp@ideafinancial.com.
El PPP es un programa de ayuda gestionado por la SBA y creado por la Ley de Ayuda, Alivio y Seguridad Económica contra el Coronavirus (CARES). El programa tiene como objetivo ayudar a las pequeñas empresas afectadas por la crisis del COVID-19 con fondos de socorro mediante préstamos con garantía federal. La SBA delegó la autoridad a los prestamistas privados, de modo que no hay una aprobación separada de la SBA, lo que debería dar lugar a una tramitación y aprobación más rápidas de las solicitudes.
Estos préstamos se crearon para ayudar a las pequeñas empresas a retener a los empleados y cubrir los costes operativos.
Además de las empresas que eran elegibles en la ronda inicial del PPP (incluyendo, pero sin limitarse a ello, las pequeñas empresas, las organizaciones sin ánimo de lucro, las organizaciones de veteranos, las empresas tribales, las pequeñas cooperativas agrícolas que cumplen las normas de tamaño de la SBA, los propietarios únicos, los autónomos o los contratistas independientes), durante esta ronda el programa incluye a las entidades que son 501(c)(6), las organizaciones de marketing de destino (DMO), las cooperativas de viviendas, los periódicos, las emisoras y las estaciones de radio. Además, para que los primeros prestatarios puedan acogerse al programa, la entidad no puede tener más de 500 empleados.
Sí, proporcionar la información solicitada y rellenar las dos primeras páginas de la solicitud ayudará a agilizar el proceso de solicitud con antelación. Al empezar a presentar ahora la información básica para la solicitud, los solicitantes tendrán más tiempo para prepararse y centrarse en otros pasos del proceso de solicitud antes del lanzamiento de la APP.
Una vez completadas las dos páginas iniciales, los solicitantes recibirán una confirmación por correo electrónico junto con un enlace único a su solicitud para continuar justo donde lo dejaron cuando la SBA lance oficialmente el programa.
No, el envío de la información solicitada no aprueba automáticamente el préstamo de la Ronda B del PPP de un solicitante ni garantiza que el préstamo del solicitante sea aprobado una vez que el programa esté oficialmente abierto. Al iniciar una solicitud ahora, los solicitantes nos están proporcionando parte de la información requerida sobre ellos mismos y su negocio que sabemos que será necesaria para la próxima ronda. Todavía hay requisitos adicionales que deben ser presentados y aprobados por la SBA, incluyendo pero no limitado a, los cálculos de la nómina, los formularios de impuestos, y las firmas electrónicas con el fin de presentar una solicitud completa para su consideración para recibir un préstamo PPP Ronda B.
Proporcionar esta información sólo ayuda a comenzar las etapas iniciales del proceso de solicitud para ayudar a ahorrar tiempo una vez que el programa esté oficialmente abierto. Proporcionar esta información no dará lugar automáticamente a una decisión de aprobación del préstamo del solicitante.
No, una vez que los solicitantes proporcionen la información solicitada y rellenen estas primeras páginas, podrán comenzar el resto de su solicitud una vez que la SBA comience a aceptar solicitudes y haya hecho públicos el resto de los requisitos de la solicitud. Los solicitantes recibirán un correo electrónico una vez que el programa esté oficialmente abierto con un enlace que les devolverá a su solicitud para completarla y presentarla.
Una vez que hayan completado la pre-solicitud, los solicitantes recibirán una confirmación por correo electrónico con un enlace único a su solicitud, donde tendrán la oportunidad de realizar cambios en la información introducida inicialmente, así como de continuar con la solicitud una vez que la SBA empiece a aceptar oficialmente las solicitudes de la Ronda B de la APP.
En este momento, la SBA no ha abierto oficialmente el programa y los prestamistas están esperando que la Agencia publique nuevas orientaciones. Las orientaciones adicionales proporcionarán a los prestatarios y prestamistas los detalles adicionales necesarios para completar la solicitud final. Una vez que el programa se abra oficialmente, usted podrá completar la parte final de su préstamo PPP.
Al iniciar una solicitud ahora, los solicitantes se inscribirán automáticamente para recibir comunicaciones por correo electrónico una vez que el programa esté oficialmente abierto y el resto de la solicitud esté disponible.
Sí, el programa estará abierto tanto para los que piden un primer préstamo como para los que buscan un segundo. Tenga en cuenta que los requisitos para los que piden un primer préstamo y los que piden un segundo son diferentes. Siga leyendo a continuación para obtener una lista no exhaustiva de los requisitos de elegibilidad y otra información útil. Tenga en cuenta que el hecho de ser una empresa elegible no garantiza que se le ofrezca un préstamo PPP.
Sí, los solicitantes pueden seguir solicitando un préstamo PPP de la Ronda B a través de nosotros independientemente de haber recibido un préstamo PPP de un prestamista diferente en la ronda anterior.
Tenga en cuenta que sólo las empresas que reúnan los requisitos necesarios pueden solicitar un segundo préstamo. Cada empresa solo tiene derecho a un segundo préstamo PPP, y la aprobación previa no garantiza la aprobación de un segundo préstamo.
Los Préstamos PPP del segundo sorteo están generalmente sujetos a los mismos términos, condiciones y requisitos que los Préstamos PPP del primer sorteo. Estos términos incluyen:
Para poder optar a un préstamo, las empresas de nueva creación deben haber estado en funcionamiento el 15 de febrero de 2020.
El límite máximo absoluto de los préstamos (tanto para los que solicitan por primera vez como para los que obtienen un segundo préstamo) para el PPP es de 2.000.000 de dólares. En su solicitud se le pedirá que presente cierta documentación como prueba de elegibilidad que determinará la cantidad a la que puede optar su empresa en el marco del programa. Tenga en cuenta que los prestatarios no tienen garantizada la totalidad del importe solicitado en su solicitud.
Además de los gastos que eran elegibles en la ronda anterior (nóminas, alquileres, intereses hipotecarios cubiertos y servicios públicos), tanto los solicitantes por primera vez como los prestatarios que solicitan un segundo sorteo también pueden utilizar su préstamo PPP para cubrir los siguientes gastos: operaciones cubiertas (software, computación en la nube y otras necesidades de recursos humanos y contabilidad); costes de daños a la propiedad debidos a disturbios públicos ocurridos durante 2020 que no estén cubiertos por el seguro; costes cubiertos de proveedores; y gastos cubiertos de protección de los trabajadores y equipos de protección personal (EPP) para ayudar a un beneficiario del préstamo a cumplir con las orientaciones sanitarias federales, estatales o locales, incluidos los requisitos emitidos por los CDC, la OSHA, el HHS y los gobiernos estatales o locales.
Las empresas elegibles que recibieron un préstamo anterior deben:
Sí, los empresarios de temporada pueden optar a los préstamos PPP. Los empleadores estacionales se definen como empresas que no operan durante más de siete meses en un año natural o que no ganaron más de un tercio de sus ingresos en cualquiera de los seis meses del año natural anterior.
Tal y como se define en el artículo 315 de la Ley de Ayudas Económicas, un prestatario es un empleador estacional si no opera durante más de 7 meses en un año natural o, durante el año natural anterior, tuvo unos ingresos brutos durante cualquiera de los 6 meses de ese año que no superaron el 33,33% de los ingresos brutos de los otros 6 meses de ese año. En virtud del artículo 336 de la Ley de Ayuda Económica, un empleador estacional debe determinar el importe máximo de su préstamo a efectos del PPP utilizando el promedio de los pagos mensuales totales del empleador por la nómina de cualquier período de 12 semanas seleccionado por el empleador estacional que comience el 15 de febrero de 2019 y termine el 15 de febrero de 2020.
No. Si el solicitante o el propietario del solicitante es deudor en un procedimiento de quiebra, ya sea en el momento de presentar la solicitud o en cualquier momento antes de que se desembolse el préstamo, el solicitante no podrá recibir un préstamo de APP. Si el solicitante o el propietario del solicitante se convierte en deudor en un procedimiento de quiebra después de presentar una solicitud de APP pero antes de que se desembolse el préstamo, es obligación del solicitante notificar al prestamista y solicitar la cancelación de la solicitud.
Si el solicitante no lo hace, se considerará que los fondos de la APP se han utilizado para fines no autorizados. El formulario de solicitud del prestatario para los préstamos PPP (formulario 2483 de la SBA), que refleja esta restricción en forma de certificación del prestatario, es un requisito del programa de préstamos. Los prestamistas pueden basarse en la declaración del solicitante sobre la participación del solicitante o de un propietario del mismo en un procedimiento de quiebra.
En la mayoría de los casos, un prestatario será considerado junto con sus filiales a efectos de determinar la elegibilidad para el PPP. Según las normas de la SBA, las entidades pueden considerarse afiliadas en función de factores como, por ejemplo, la propiedad de las acciones, el solapamiento de la gestión y la identidad de intereses. Véase 13 CFR 121.301(f). Las normas de afiliación previstas en el 13 CFR 121.301(f) no se aplican en lo que respecta a la posibilidad de obtener un Préstamo PPP de segunda vuelta para (i) cualquier empresa con no más de 300 empleados que, en la fecha de desembolso del préstamo cubierto, tenga asignado un código NAICS que comience por 72; y (ii) (A) cualquier empresa (incluida cualquier emisora que emita en virtud de una licencia 25 concedida por la Comisión Federal de Comunicaciones en virtud del título III de la Ley de Comunicaciones de 1934 (47 U.S.C. 301 et seq.) sin tener en cuenta si dicha emisora es una empresa tal y como se define en el 13 C.F.R. § 121.105, o cualquier otro documento que lo sustituya) que no emplee a más de 300 trabajadores, por ubicación física de dicha empresa y que sea de propiedad mayoritaria o esté controlada por una empresa a la que se le haya asignado un código NAICS que comience por 511110 o 5151; o (B) cualquier organización sin ánimo de lucro a la que se le haya asignado un código NAICS que comience por 5151.
Esta norma exime a las organizaciones religiosas que de otro modo estarían cualificadas de las normas de afiliación de la SBA, incluidas las establecidas en el 13 CFR parte 121, cuando la aplicación de las normas de afiliación suponga una carga sustancial para el ejercicio religioso de dichas organizaciones. Por las razones descritas en 85 Fed. Reg. 20817, las normas de afiliación de la SBA, incluidas las establecidas en el 13 CFR parte 121, no se aplican a la relación de cualquier iglesia, convención o asociación de iglesias, u otra organización o entidad religiosa con cualquier otra persona, grupo, organización o entidad que se base en una enseñanza o creencia religiosa sincera o que constituya de otro modo una parte del ejercicio de la religión. Esto incluye cualquier relación con una matriz o filial y otros aspectos aplicables de la estructura o forma organizativa. Una organización religiosa que solicite préstamos en virtud de este programa puede basarse en una interpretación razonable y de buena fe para determinar si su relación con cualquier otra persona, grupo, organización o entidad está exenta de las normas de afiliación en virtud de esta disposición, y la SBA no evaluará, ni exigirá a los prestamistas participantes que evalúen, el carácter razonable de la determinación de la organización religiosa.
Los costes de la nómina consisten en la remuneración de los empleados (cuyo lugar de residencia principal es Estados Unidos) en forma de sueldo, salario, comisiones o compensaciones similares; propinas en efectivo o su equivalente (basado en los registros del empleador de las propinas anteriores o, en ausencia de dichos registros, una estimación razonable y de buena fe por parte del empleador de dichas propinas); pago de vacaciones, permisos parentales, familiares, médicos o por enfermedad; el pago por separación o despido; el pago por la provisión de beneficios a los empleados que consisten en atención médica grupal o seguro de vida, discapacidad, visión o dental grupal, incluidas las primas de seguro, y la jubilación; el pago de los impuestos estatales y locales que se aplican a la remuneración de los empleados; y para un contratista independiente o propietario único, los salarios, las comisiones, los ingresos o las ganancias netas del trabajo por cuenta propia, o una compensación similar.
Sí. La Ley excluye expresamente lo siguiente:
Si presenta a su prestamista una solicitud de condonación del préstamo dentro de los 10 meses siguientes al final del período cubierto por la condonación del préstamo, no tendrá que hacer ningún pago del principal o de los intereses de su préstamo antes de la fecha en que la SBA remita a su prestamista el importe de la condonación del préstamo (o le notifique que no se permite la condonación del préstamo).
Su "período cubierto por la condonación del préstamo" es el período que comienza en la fecha en que el prestamista desembolsa el préstamo PPP y que termina en cualquier fecha seleccionada por el prestatario que ocurra durante el período (i) que comienza en la fecha que es 8 semanas después de la fecha de desembolso y (ii) que termina en la fecha que es 24 semanas después de la fecha de desembolso. Su prestamista debe notificarle la remisión por parte de la SBA del importe de la condonación del préstamo (o notificarle que la SBA ha determinado que no se permite la condonación del préstamo) y la fecha en la que debe efectuar el primer pago. Los intereses se siguen acumulando durante el período de aplazamiento.
Si no presenta a su prestamista una solicitud de condonación de préstamo dentro de los 10 meses siguientes a la finalización del período cubierto por la condonación, deberá comenzar a pagar el capital y los intereses después de ese período. Por ejemplo, si el préstamo PPP de un prestatario se desembolsa el 25 de enero de 2021, el período de 24 semanas termina el 12 de julio de 2021. Si el prestatario no presenta una solicitud de condonación de préstamo a su prestamista antes del 12 de mayo de 2022, deberá comenzar a realizar los pagos a partir del 12 de mayo de 2022.
Si utiliza los fondos de la APP para fines no autorizados, la SBA le ordenará que devuelva esas cantidades. Si utilizas los fondos a sabiendas para fines no autorizados, estarás sujeto a una responsabilidad adicional, como cargos por fraude. Si uno de sus accionistas, miembros o socios utiliza los fondos de la APP para fines no autorizados, la SBA podrá recurrir contra el accionista, miembro o socio por el uso no autorizado.
No. El prestamista debe realizar un desembolso único e íntegro del préstamo PPP dentro de los diez días naturales siguientes a la aprobación del préstamo; a efectos de esta norma, se considera que un préstamo ha sido aprobado cuando la SBA le asigna un número de préstamo. Si el décimo día natural es un sábado, un domingo o un día festivo legal, el plazo sigue corriendo hasta el final del siguiente día hábil. A pesar de esta limitación, los prestamistas no son responsables de los retrasos en el desembolso atribuibles a que el prestatario no haya proporcionado a tiempo la documentación requerida para el préstamo, incluido el pagaré firmado. Los préstamos cuyos fondos no se hayan desembolsado porque el prestatario no haya presentado la documentación requerida dentro de los 20 días naturales siguientes a la aprobación del préstamo serán cancelados por el prestamista. Al desembolsar los préstamos, los prestamistas deben enviar cualquier importe de los fondos del préstamo designado para la refinanciación de un préstamo EIDL directamente a la SBA y no al prestatario.
Las siguientes empresas NO son elegibles para recibir préstamos PPP:
Además de las empresas que eran elegibles en la ronda inicial del PPP (incluyendo, pero sin limitarse a ello, las pequeñas empresas, las organizaciones sin ánimo de lucro, las organizaciones de veteranos, las empresas tribales, las pequeñas cooperativas agrícolas que cumplen las normas de tamaño de la SBA, los propietarios únicos, los autónomos o los contratistas independientes), durante esta ronda el programa incluye a las entidades que son 501(c)(6), las organizaciones de marketing de destino (DMO), las cooperativas de viviendas, los periódicos, las emisoras y las estaciones de radio. Además, para que los primeros prestatarios puedan acogerse al programa, la entidad no puede tener más de 500 empleados.
La empresa debe tener menos de 500 empleados a tiempo completo, a tiempo parcial o de temporada y cumplir todos los demás requisitos de elegibilidad del préstamo.
El importe máximo de un primer préstamo es 2,5 veces el promedio de los costes mensuales de la nómina y de la asistencia sanitaria, con un máximo de 10 millones de dólares.
Cualquier prestatario que haya recibido un préstamo PPP en 2020 no podrá recibir otro Préstamo PPP de primer sorteo, pero podrá ser elegible para un préstamo PPP de segundo sorteo.
El solicitante de un préstamo del Primer Sorteo debe presentar un formulario de Solicitud de Prestatario del Programa de Protección de Cheques (Formulario 2483 de la SBA) y la documentación de la nómina.
Al menos el 60% de los ingresos del préstamo deben utilizarse para los costes de la nómina y el 40% para el alquiler, los servicios públicos, los costes operativos, los costes de los proveedores y los costes de protección de los trabajadores.
Por lo general, los préstamos del segundo sorteo tienen criterios de elegibilidad más estrechos en comparación con el primer sorteo. Para poder optar a un préstamo PPP de segundo sorteo, una empresa debe tener 300 empleados o menos y haber experimentado una reducción de ingresos en 2020 con respecto a 2019.
Se considera que un prestatario que estuvo en funcionamiento en los cuatro trimestres de 2019 ha experimentado la reducción de ingresos requerida si experimentó una reducción de los ingresos anuales del 25% o más en 2020 en comparación con 2019 y el prestatario presenta copias de sus formularios fiscales anuales que justifican la disminución de los ingresos.
Calcule la reducción de ingresos por reducción de ingresos comparando los ingresos brutos trimestrales del prestatario para un trimestre de 2020 con los ingresos brutos del prestatario para el trimestre correspondiente de 2019.
El prestamista no necesita verificar de forma independiente la información declarada por el prestatario si éste presenta la documentación que respalda su solicitud de condonación del préstamo y atestigua que ha verificado con exactitud los pagos de los costes subvencionables.
Visite sba.gov/ppp o treasury.gov/cares.
Nuestra aplicación está actualmente acomodando a los solicitantes del Anexo C 1040 de acuerdo con las últimas directrices del Programa de la SBA.
Una vez que la solicitud de préstamo es aprobada por la SBA, Cross River comienza a preparar sus documentos de cierre y se asegura de que toda la información se refleje con precisión en sus documentos de cierre antes de enviarlos y agradecemos su paciencia mientras los preparamos para usted. Por lo general, los documentos de cierre tardan varios días en ser enviados a través de DocuSign una vez que se le ha notificado la aprobación de la SBA. El correo electrónico de DocuSign se enviará a la dirección de correo electrónico principal utilizada durante el proceso de solicitud. Por favor, asegúrese de que el correo electrónico no está en la carpeta de spam o basura. El préstamo no se financiará hasta que se ejecuten los documentos del préstamo.
No. El prestatario debe presentar su documentación de préstamo completamente ejecutada para que su préstamo sea financiado.
Llámenos al (855) 900-7838 o envíenos un correo electrónico a ppp@ideafinancial.com.